- Gatos y perros
– http://www.aphis.usda.gov/import_export/animals/animal_import/animal_imports_pets.shtml.
– Todos los gatos y perros deberán someterse a inspección para detectar signos de enfermedades infecciosas que puedan transmitirse a los seres humanos.
– Los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades exigen que se vacune a los perros frente a la rabia al menos 30 días antes de la entrada en el país, excepto en el caso de cachorros menores de tres meses y de perros procedentes o establecidos durante 6 meses en zonas que se consideren libres de la rabia. Para más información consultar la siguiente página web:http://www.cdc.gov/ncidod/dq/animal/index.htm. No existe normativa sobra la vacunación de los gatos.
– Los collies, perros pastores y otros perros importados de cualquier país (excepto Canadá, México y regiones de Centroamérica y las Antillas) que se vayan a utilizar para manejar ganado, se han de someter a inspección y cuarentena durante un plazo suficiente para descartar la presencia de tenia.
– En la cama dónde se transporta el animal se recomienda que no se utilice paja, heno, hierba u otra yacija natural.
– Los gatos y perros que se importen a Hawai deberán someterse a una cuarentena de 130 días. Para más información se puede consultar la siguiente página web:http://hawaii.gov/hdoa/Info/doa_importing
– El Servicio de Inspección y Sanidad Agropecuaria no ha establecido exigencias zoosanitarias con respecto a la importación de peces, reptiles, leones, tigres, osos, visones, conejos, petauros del azúcar, zorros, monos, especies amenazadas, cobayas, hamsters, jerbos, ratones, ratas, chinchillas, ardillas, mangostas, ardillas listadas, turones y demás roedores siempre que no se les haya inoculado ningún patógeno por razones de investigación científica. En este último caso, necesitan un permiso de importación y sólo se pueden entregar a un laboratorio autorizado.
- Aves de compañía
– http://www.aphis.usda.gov/import_export/animals/nonus_pet_bird.shtml
– las aves de corral incluyendo las palomas no son consideradas aves de compañía y deben importarse bajo otras normas.
– Las aves de compañía deben pasar una cuarentena de 30 días en un Centro de Importación Animal del USDA corriendo los gastos a cuanta del propietario
– La documentación necesaria para la entrada de aves de compañía en EE.UU.:
- Certificado Sanitario Veterinario en vigor del país exportador:
- Expedido y firmado por un veterinario oficial del gobierno del país exportador de origen.
- Debe haberse expedido dentro del plazo de 30 días antes del envío del animal a los EE.UU.
- Debe declarar que el animal ha sido examinado por el veterinario oficial sin que muestre señal de enfermedad transmisible.
- Ha de estar redactado en inglés o debe acompañarse de una traducción completa al inglés por escrito.
- Debe acompañar al ave durante todo el tránsito
- Permiso de Importación del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA). Para obtener el permiso de importación se deberá hacer la reserva de la instalación de cuarentena de forma anticipada. Para ello deberán ponerse en contacto con el veterinario portuario del USDA. Una vez hecha la reserva y cuando se hayan abonado en su integridad los servicios de cuarentena se expedirá un permiso de importación. Este permiso de información deberá acompañar al ave durante el tránsito. Más información: http://permits.fws.gov/
- Las aves de compañía deberán ser trasladadas directamente a la instalación de cuarentena a su llegada. Los únicos puertos de entrada autorizados para aves de compañía son los siguientes:New York, New York
230-59 Rockaway Blvd.
Suite 101
Jamaica, NY 11413
Telephone (718) 553-1727
Fax (718) 553-7543
Miami Animal Import Center
USDA-APHIS-VS
6300 NW 36 Street
Miami, FL 33122
Telephone (305) 526-2926
Fax (305) 526-2929
Los Angeles, California
Los Angeles International Airport
11850 South La Cienega Blvd.
Hawthorne, CA 90250
Telephone (310) 725-1970
Fax (310) 725-9119 - El Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos regula la importación de aves protegidas por CITES y WBCA (Wild Bird Conservation Act). De acuerdo con lo establecido en el WBCA para poder importar un ave de compañía debe haberse residido fuera de los EE.UU. de forma continua durante un periodo mínimo de un año. Además, sólo se podrán importar dos aves por persona y año. Los permisos CITES y WBCA deben acompañas a las aves durante el tránsito. Para consultar si la especie requiere alguno de estos permisos se puede consultar la web: http://www.fws.gov/permits/SpeciesLists/SpeciesLists.shtml
- Abono de las tarifas aduaneras.
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